REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, once (11) de marzo del dos mil ocho (2008)
197° y 149°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000481
PARTE ACTORA: JUAN ANTONIO GOMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 5.615.705
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YINESKA FRANCO Procuradora de Trabajadores en el estado Vargas, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número: 76.380
PARTE DEMANDADA: “CARPINTERÍA Y EBANISTERIA LOS DOS DELFINES, C.A.” Inscrita por ante el Registro de Comercio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 28 de agosto del 2003, bajo el numero 34 del Tomo 10-A
DIRECTOR DE LA EMPRESA DEMANDADA: WILLIAM ANTONIO MARDENI BELLO, titular de la cédula de identidad No. V- 10.582.938
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR SPECHT SANCHEZ abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro: 32.714.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”

En el día hábil de hoy, martes once (11) de marzo del año dos mil ocho (2008), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: JUAN ANTONIO GOMEZ parte actora, YINESKA FRANCO apoderada judicial de la parte actora, WILLIAM ANTONIO MARDENI BELLO en su carácter de Director de la empresa demandada y OSCAR SPECHT SANCHEZ apoderado judicial de la parte demandada; todos identificados ut-supra. Seguidamente y siendo las dos y cuarenta y cinco (02:45 p.m.) de la tarde, JUAN ANTONIO GOMEZ parte actora expone: “Desisto de este procedimiento, extinguiéndose solo la instancia y se reserva el derecho de poder volver a proponer la demanda transcurridos noventa (90) días continuos de conformidad con al artículo 131, Parágrafo Primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este estado, OSCAR SPECHT SANCHEZ apoderado judicial de la parte demandada y WILLIAM ANTONIO MARDENI BELLO ya antes identificados, exponen: Estamos de acuerdo y convenimos con el desistimiento manifestado voluntariamente por el ciudadano JUAN ANTONIO GOMEZ parte actora en este proceso, Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Este Tribunal deja expresa constancia que en este acto se devolvieron a las partes las pruebas consignadas, Es todo terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

Dr. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES

PARTE ACTORA


APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA


WILLIAM ANTONIO MARDENI BELLO


APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,


ABG. GERALDINE GASPERI
WP11-L-2007-000481
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Y OTROS CONCEPTOS”