REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, miércoles veintiuno (21) de mayo del dos mil ocho (2008)
197° y 149°
ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000146
PARTE ACTORA: LENYS DEL CARMEN ANZOLA ROJAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 10.119.370.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSE GERARDO VALECILLOS, Abogado inscrito en el INPRE bajo el 51.418.
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA DE SEGURIDAD AERONAUTICA INTERNACIONAL C.A., “VENSEAERINCA”.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: WLADIMIR OSCAR ORTEGA, Abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 29.706.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, miércoles veintiuno (21) de mayo del dos mil ocho (2008), siendo las nueve (09:00 a.m.) horas de la mañana, día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: LENYS DEL CARMEN ANZOLA ROJAS, JOSE GERARDO VALECILLOS y WLADIMIR OSCAR ORTEGA, plenamente identificados. Dándose así inicio al acto. PRIMERO: Las partes manifiestan que han llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa. A continuación, la parte demandada manifiesta que ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES FUERTES CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs.F 486,58), por los conceptos que se relacionan a continuación: Fecha de ingreso: 17 de mayo de 2006, Fecha de egreso: 04 de abril de 2007, Tiempo de servicio: 04 meses efectivos, Cargo: Asistente Administrativo, Último Salario Mensual: Bs.512.325, 00, Salario diario: Bs. 17.077,50, Motivo de egreso: Renuncia
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad acumulada: 1° parte, Art. 108 LOT, 15 días Bs. 282.490,31
Utilidades fraccionadas, Art. 174 LOT, 9,36 Bs. 185.690,30
Vacaciones fraccionadas, Art. 225 LOT 4,93 días Bs. 92.845,15
Bono vacacional fraccionado, Art. 223 LOT, 2,30 días Bs. 43.315,18
Intereses sobre prestaciones Bs. 1.785,31
Total Prestaciones Sociales: Bs. 606,126,25
Preaviso no trabajado Bs. 119.542,50
Total a pagar Bs. 486.583,75

Dichos Conceptos suman la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES FUERTES CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs.F 486,58), los cuales serán cancelados en este acto, mediante un cheque del BANCO BANESCO, Nº 175117496, por la cantidad de Bs.F 486,58, del cual se anexa copia en el expediente. Seguidamente, la parte demandante acepta y conviene que con el pago presentado, quedan satisfechos los conceptos enunciados anteriormente, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió. Asimismo, se deja constancia que la empresa se compromete a suministrar a la extrabajadora a la brevedad posible, la solvencia del Seguro Social (planilla 14-03), y la Solvencia de la Ley de Política habitacional. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ




LAS PARTES COMPARECIENTES:
PARTE ACTORA,


AODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,



LA SECRETARIA,

ABG. ANGELY FARIAS
Exp. Nº WP11-L-2008-000146