REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, catorce (14) de Mayo de 2008.
198° y 149°
Visto el anterior escrito de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesto por el abogado LEON ALEJANDRO GUTIERREZ NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado N° 64.115, actuando en su propio nombre, por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni alguna disposición expresa de la Ley lo admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo. En consecuencia, el Tribunal acogiendo el criterio de la Decisión dictada por la Sala de Casación Civil, con ponencia del Magistrado ANTONIO RAMIREZ JIMENEZ, de fecha 27/08/2004, en el Expediente Nº AA20-C-2001-000329, ordena la Intimación del ciudadano FRANCISCO RAFFENSPERGER MOLNAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.989.428, para que comparezcan el primer (1er) día de despacho siguientes, a la constancia en autos de haberse practicado su intimación, a fin que de contestación a la demanda. Dicha boleta y copias certificadas se librarán una vez conste en autos los fotostatos debidamente consignados. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLORZANO
LA SECRETARIA.
ABG. YASMILA PAREDES.
Exp Nº 7580.
MS-YP-vicente.