REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 16 de mayo de 2008.
198° y 149º

Vista la conciliación suscrita entre los ciudadanos PAOLA ANDREA ARIAS DE MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-19.521.664, y JAVIER MARQUEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-15.880.903, a favor de la niña (se omite el nombre), en fecha 15 de mayo de 2008, que riela a los folios 21 y 22, en el expediente N° 1961-07, por obligación de manutención y por cuánto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Ofíciese al Banco de fomento Regional los Andes a fin de aperturar la cuanta de ahorros. Notifíquese al Fiscal Quince Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese la correspondiente autorización una vez conste el numero de la cuenta de ahorros. Cúmplase.
El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas

En la misma fecha se oficio bajo el N° 3130-423 y se notificó al Fiscal Especializada.

La Sria,

pedro