REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

Este Tribunal pasa a emitir pronunciamiento en los siguientes términos, tomando la palabra el ciudadano Juez, quien expone: “Oída la exposición formulada por las partes, este juzgador considera que no existen suficientes elementos que puedan demostrar la participación del ciudadano presentado el día de hoy, en los hechos imputados por la Representación Fiscal, toda vez que no existen testigos que puedan corroborar el dicho de los funcionarios, por lo que este Juzgado Primero (1ª) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado vagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de le Decreta la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: : PRIMERO: Se decreta medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el ordinal 3° Y 4° del artículo 256 en concordancia con el artículo 253 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano FIONA SIMPSON, ya identificado, por el delito de USO DE PERMISO DE RESIDENCIA FALSO previsto y sancionado en el artículo 326 ordinal 3° del Código Penal, debiendo el imputado presentarse cada Quince (15) días por ante la sede de este Juzgado y prohibición de salida del país sin autorización del Tribunal. SEGUNDO: Se decreta que la presente causa se ventile por la vía del Procedimiento Ordinario. TERCERO: Remítase en su oportunidad legal a la Fiscalía Primera del Ministerio Público a los fines de que realice las investigaciones correspondientes. CUARTO: Se decreta sin lugar la solicitud realizada por el Ministerio Público, en cuanto la aplicación de la medida cautelar sustitutiva de libertad de la establecida en el artículo 256 ordinal 8 ° del Código Orgánico Procesal Penal.