REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

Se dictó decisión medinate la cual se ADMITE la ACUSACION FISCAL en contra de la ciudadana GODOY DE GONZALEZ LUISA FERNANDA, por la presunta comisión de los delitos de CONTRABANDO previsto y sancionado en los artículos en el artículo 3.4 en relación con el articulo 2 de la Ley sobre el delito de Contrabando; así mismo se ADMITE la TOTALIDAD de las pruebas ofrecidas por el representante del Ministerio Público por ser legales, útiles, pertinentes y necesarias, a saber: TESTIMONIALES: 1.- Testimoniales de los funcionarios actuantes FERMIN PERNIA MORA, JORGEANA MEJIAS, BETHZAELY CISNERO, CARLOS DIEGO, JUNAIDA CANTILLO, adscritos a la Aduana Subalterna del Aeropuerto Internacional de Maiquetía del (SENIAT) cuya pertenencia y utilidad. 2.- Testimoniales de la ciudadana YAMILETH FUENTES funcionaria Reconocedora adscritos a la Aduana Subalterna del Aeropuerto Internacional de Maiquetía del (SENIAT) cuya pertenencia y utilidad. 3.- Testimoniales del ciudadano GIANNI DI FIORE en su carácter de Gerente de la Línea Aérea COPA, quien puede ser localizado en la sede de la gerencia Aeropuerto Internacional de Maiquetía cuya pertenencia y utilidad. DOCUMENTALES: 1.- Original del registro y Declaración de Aduana para equipaje “CUSTOMS DECLARATYION” forma 82 Nº F-06-0636490, suscrita por la ciudadana GODOY LUISA. 2.- Acta de reconocimiento de inventario Legal sobre la mercancía incautada en fecha 02/08/2007, suscrita a la Aduana Subalterna del Terminal del Aeropuerto Internacional de Maiquetía cuya pertenencia y utilidad. 3.- Fijaciones Fotográficas tomadas en el procedimiento donde se incauta la mercancía objeto de investigación cuya pertenencia y utilidad. 4.- Listing de pasajero enviado por el Gerente de la Línea cuya pertenencia y utilidad. 5.- Comunicación s/n suscrita por el Gerente de Estación COPA Airelines, Gianni Di Fiore de fecha 05/09/2007, informa al Gerente de la Aduana Subalterna del Terminal del Aeropuerto Internacional de Maiquetía cuya pertenencia y utilidad. Así como las demás pruebas documentales que suscriben el fiscal en su acusación. Se ordena la apertura del Juicio oral y público en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se emplaza a las partes para que en un plazo de Cinco (5) días concurran ante el Juez de Juicio correspondiente, se ordena la remisión de las presentes actuaciones, al Tribunal de Juicio que corresponda.