REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Control del Estado Vargas

Macuto, 19 de Mayo de 2008
198º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2005-010097
ASUNTO : WP01-P-2005-010097


AUTO FUNDADO ACORDANDO EXTENSIÓN DE PRESENTACIONES Y EL CESE DE LA PROHIBICIÓN DE AUSENTARSE DE LA JURISDICIÓN DEL TRIBUNAL.


Corresponde a este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud presentada por el ciudadano Juan Carlos Yánez, imputado en el presente asunto, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 21 de diciembre de 1964, de 43 años de edad, de estado civil divorciado, de profesión u oficio Analista de Sistema, hijo de Juan Bautista Yánez y Carmen Isabel Rotundo de Yánez, residenciado en Av. Principal El Piache. Qta. Sta. Rita, N° 18. San Antonio de Los Altos estado Miranda y titular de la cédula de identidad N° 6.847.182 , el mencionado ciudadano solicitó: “ la revisión de la medida cautelar impuesta por este tribunal de control del Estado Vargas, donde se les concedió la presentación periódica cada quince (15) días, y el no ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, ya que por motivos laborales y familiares necesita poder circular dentro del territorio Nacional,…….”


Consideraciones para decidir
Consta ante este tribunal, que en fecha 25 de junio de 2005, fue realizada la audiencia para oír al imputado Juan Carlos Yánez, plenamente identificado; mediante la cual este tribunal le decretó de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, régimen de presentaciones periódicas cada quince (15) días ante la sede de este Tribunal y la Prohibición de salida del País, así como ausentarse de la jurisdicción del tribunal.
Ahora bien, de la revisión efectuada en el sistema informático a los asientos donde se refleja el régimen de presentaciones del ciudadano en cuestión, se pudo constatar el fiel y cabal cumplimiento de la medida impuesta por este tribunal, por parte del mencionado ciudadano, lo cual deriva en la certeza de su disposición a someterse a la investigación, quedando así garantizadas las resultas del proceso, por lo cual quien aquí decide considera ajustado a derecho extender el lapso de presentaciones cada noventa (90) días para el ciudadano Juan Carlos Yánez, titular de la cédula de identidad N° 6.847.182, y el Cese de la Prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del tribunal, y Así se decide.-

Dispositiva.

Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Acuerda Extender las presentaciones periódicas ante este tribunal, del ciudadano Juan Carlos Yánez, antes identificado, cada noventa (90) días, y el Cese de la Prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.





Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión y remítase la presente decisión a la fiscalía sexta del Ministerio Público,.
El Juez,



Juan Fernando Contreras C.
La Secretaria,


Abg. Carolina Cujabante