REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 13 de Mayo de 2008.

Vista la solicitud realizada por la ciudadana GLADIS TERESA QUINTERO, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 12.209.338, mediante la cual solicita la entrega de un vehiculo DODGE DART, COLOR MARRON, AÑO 1976, TIPO SEDAM, PLCA AEW-836, SERAIAL DE CARROCERIA AG10345, SERIAL DE MOTOR 318PL38382, propiedad de mi esposo el ciudadano LOPEZ DIAZ GIOMAR, el cual falleció tal y como consta en la copia del acta de defunción inserta al folio 193 de la presente causa.}

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL

El vehículo y los objetos objeto de la presente solicitud, fueron retenidos por funcionarios de adscritos a la Guardia Nacional de Venezuela, donde trasladaba mercancía en calidad de contrabando.
El vehículo no se encuentra solicitado.
En decisión del Tribunal Segundo de Control de San Antonio del Táchira, de fecha 22 de Octubre de 2007, en la cual se decreto la entrega del vehiculo en cuestión.
De conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, el vehículo ya no es indispensable para la investigación

Analizado lo anteriormente expuesto, este Juzgador considera procedente hacer la entrega del vehículo y el Celular Siemens, serial S30880-S6250-5507-1, negro con su batería suficientemente identificado, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Ordena la Entrega Directa del Vehículo de las siguientes características DODGE DART, COLOR MARRON, AÑO 1976, TIPO SEDAM, PLCA AEW-836, SERAIAL DE CARROCERIA AG10345, SERIAL DE MOTOR 318PL38382, a la ciudadana GLADIS TERESA QUINTERO, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 12.209.338 de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Cópiese, notifíquese y cúmplase.






Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
Juez Tercero de Ejecución.









Abg. PATRICIA SIERRA
SECRETARIA


Exp: 3E-3126