REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Control del Estado Vargas
Macuto, 27 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2007-003632
ASUNTO : WP01-P-2007-003632

Corresponde a este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud interpuesta por el Dr. EDUARDO PERDOMO, en su carácter de Defensora Pública de la imputada CARMEN OLIVIA BRITO DE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.116.571, de nacionalidad venezolana, natural del Estado Nueva Esparta, nacida en fecha 11-05-1952, de 55 años de edad, de estado civil viuda, de profesión u oficio Obrera, hija de Crispulo Brito (f) y Silverio Gómez (f), residenciada en: Prolongación Soublette, vereda 5, casa S/N°, de color amarilla, cerca del Abasto “Felipe”, Catia La Mar, Estado Vargas, tlf 0414-257-07-81, mediante la cual requiere “Solicito sea extendido el Régimen de presentaciones de mi defendida CARMEN OLIVIA BRITO DE RODRIGUEZ, cada sesenta (60) días, en virtud que la misma labora en la empresa Splendor Mantenimiento C.A; y se le dificulta solicitar permiso cada quince días para cumplir con la medida cautelar impuesta, a tal efecto anexo al presente oficio y constante de un folio útil constancia laboral expedida por la referida empresa…”

Ahora bien, de la revisión efectuada en el sistema informático a los asientos donde se refleja el régimen de presentaciones de la imputada de marras, se pudo constatar el fiel y cabal cumplimiento de la medida por parte del mismo, lo cual deriva en la certeza de su disposición a someterse a la investigación, quedando así garantizadas las resultas del proceso y visto los recaudos consignados por la defensa la cual avalan la presente solicitud, es por lo que, quien aquí decide considera ajustado a derecho extender el lapso de presentaciones cada SESENTA (60) DÍAS. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER a CADA SESENTA (60) DÍAS LAS PRESENTACIONES PERIODICAS ANTE ESTE TRIBUNAL, a la ciudadana CARMEN OLIVIA BRITO DE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.116.571, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código orgánico Procesal Penal, de igual forma se le informa a la hoy imputada que debe seguir cumpliendo su régimen de presentaciones en esta Circunscripción Judicial Penal, como lo ha venido haciendo hasta la presente fecha, so pena de revocar la medida cautelar acordada por este Tribunal.

Se declara con lugar la solicitud interpuesta por el Defensor Público.

Publíquese, regístrese, notifíquese. Líbrese oficio a la Oficina del Alguacilazgo informando de lo acordado y déjese copia de la presente decisión.

EL JUEZ DE CONTROL NRO. 4
ABG. JESÚS ERNESTO DURÁN RAGA.
LA SECRETARIA
ABG. JEANY CAMACARO.