REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- CARAYACA, VEINTISÉIS (26) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2008).-
198° y 149°
Vista la anterior diligencia suscrita por el Alguacil que riela al folio dos (02) de la Pieza Nº 2 del presente expediente, en la cual informa que la parte demandada, ciudadano VICTOR RAMÓN CASTRO GUZMAN, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.249.217 se negó a firmar la boleta de citación personal; este Juzgado, en consecuencia, dispone que la Secretaria del mismo, libre la boleta de notificación en la cual comunique al citado la declaración del funcionario relativa a su citación, de conformidad con el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil, Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,
ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA,
ABG. SANDRA R. SANTOS G.
En esta misma fecha, se libró la boleta de notificación ordenada.
LA SECRETARIA,
ABG. SANDRA R. SANTOS G.
Exp. N° 5648-08.
LMS/Ss.-