REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintiséis (26) de mayo del año dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: WP11-L-2007-000298
Vista que la sentencia de fecha siete (07) de mayo del año dos mil ocho (2008) dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, la cual declaró CON LUGAR, la presente demanda y en virtud de que ha quedado definitivamente firme, este Tribunal decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha dar cumplimiento voluntario al fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo se deja constancia que se realiza la presente actuación en el día de hoy en virtud del contenido de la Resolución Nº 133/2008, emanada de la Coordinación del Trabajo de fecha 22/05/2008
LA JUEZ
Dra. REBECA MARTINEZ
LA SECRETARIA
Abg. ANGELY ARIAS
RM/AA/Miriam.-
WP11-L-2007-000298
PARTE ACTORA: ROSARIO MARCANO.
PARTE DEMANDADA: AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A