REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, once (11) de Noviembre de dos mil ocho (2.008)
Año. 197° de la Independencia. 149° de la federación.
ASUNTO PRINCIPAL: WP11-S-2007-000092.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Visto el Escrito de Transacción recibido en original en fecha seis (06) de Noviembre de dos mil ocho (2008), por la profesional del derecho REBECA ALBARRACIN, titular de la cédula de identidad número V- 4.115.338, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 61.846; en su carácter de apoderada judicial del ciudadano, ADRIAN MERCADO, titular de la cédula de identidad N°.- V.- 11.070.345, parte actora en la presente causa, por una parte, y por la otra, el profesional del derecho JUAN CARLOS GARCIA OROPEZA, abogado e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 24.912, en su carácter de apoderado judicial de la empresa “LA GUAIRA TERMINAL SERVICE, C.A..”; parte demandada; en el cual ambas partes, deciden de mutuo y amistoso acuerdo, poner fin al presente juicio mediante la celebración de Contrato de Transacción.
Este Tribunal, vistos los términos en que ha sido propuesta la señalada Transacción y por cuanto la misma cumple con los extremos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley. Este tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, procede en este acto a impartirle la correspondiente HOMOLOGACIÓN, la declara definitivamente firme y con efecto de Cosa Juzgada. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y remítase el expediente al
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial. Líbrese Oficio. Cúmplase lo Ordenado.
EL JUEZ
Abg. FÉLIX JOB HERNÁNDEZ Q.
EL SECRETARIO.
Abg. WILLIAM SUAREZ
En esta misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.).-
EL SECRETARIO.
Abg. WILLIAM SUAREZ
FJH/WS
WP11-S-2007-000092.
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