JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, trece de Noviembre de dos mil ocho.
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 03 de noviembre de 2008, suscrita por los ciudadanos FELIX MARÍA FLOREZ FLOREZ y MIGUEL ANGEL GALVIS ZAMBRANO, con el carácter acreditado en autos, asistidos por el abogado PEDRO ARAUJO, mediante la cual da cumplimiento al auto de fecha 22-10-2008, mediante el cual consigna carta catastral e indica los linderos tanto del terreno como de las mejoras. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por los ciudadanos FELIX MARÍA FLOREZ FLOREZ y MIGUEL ANGEL GALVIS ZAMBRANO, el primero colombiano y el segundo venezolanos, mayores de edad, soltero el primero y casado el segundo, titulares de las cédulas de identidad Nos. E- 81.324.813 y V- 23.159.318, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira, bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos sobre unas mejoras, consistentes en una vivienda signada por la división de Catastro de la Alcaldía de San Cristóbal, con los Nos. 38-61, que consta de 2 plantas: PRIMERA PLANTA: sala, cocina, comedor, 01 baño, estacionamiento para 02 vehículos, área de servicios, patio, escaleras que conducen a la segunda planta. SEGUNDA PLANTA: 03 habitaciones, 02 baños, sala de star, techo de machimbre, construida sobre el resto de Terreno propio, ubicado en la calle 3 s/n, Barrio El lobo, Aldea Machirí, Parroquia San Juan Bautista Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, Número Catastral: 04-13-042-023-00-00-000, alinderado así: NORTE: Con mejoras que son o fueron de Claudio Escalante y Juan Carvajal, mide 9 metros. SUR: Antes camino de prolongación de la carretera que conduce la Paramillo por la vía El Lobo, calle 02 hoy calle 3, mide 9 metros. ESTE: Con mejoras que son o fueron de Jorge Galante, mide 26,60 metros. OESTE: Con terrenos que son o fueron de Luis Armando Guerrero Pernía, mide 26,60 metros, el terreno lo adquieren los solicitantes según documento protocolizado ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, bajo el N° 27, Tomo 081, Protocolo 1, Folio 1/2 de fecha 13 de Diciembre 2004 y documento de mejoras por ante la misma Oficina de Registro de fecha 04-07-2007, bajo el N° 26, Tomo 055, Protocolo 01, Folio 1 / 2; y según lo manifestado por los solicitantes en diligencia de fecha 03-11-2008, los linderos son: NORTE: Con mejoras que son o fueron de Claudio Escalante y Juan Carvajal, mide 4,50 metros. SUR: Antes camino de prolongación de la carretera que conduce la Paramillo por la vía El Lobo, calle 02 hoy calle 3, mide 4,50 metros. ESTE: Con propiedades de Janeth Quiroz de Vivas, divide pared medianera, mide 26,60 metros. OESTE: Con terrenos que son o fueron de Luis Armando Guerrero Pernía, mide 26,60 metros. Y según lo declarado por las testigos YANEIRE JOSEFINA CARRERO VILLAN y GLORAI ESPERANZA FLOREZ BARRERA, quienes respondieron afirmativamente al interrogatorio al cual fueron sometidos; y según lo manifestado por la solicitante en el momento de la construcción se invirtió en las referidas mejoras un monto aproximado de CIENTO NOVENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 190.000, 00). De conformidad con lo ordenado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho a terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
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