REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
198º y 149º
Visto el contenido del acta anterior, contentiva del ACTO CONCILIATORIO celebrado en esta misma fecha y convocado por este Tribunal en autos, mediante el cual el ciudadano JAIRO RAMÓN PÉREZ GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° V-11.371.396, parte demandante, asistido por el abogado OTTONIEL AGELVIS MORALES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 78.742, por una parte y por la otra, el ciudadano SANTOS JOSÉ CARMONA, titular de la cédula de identidad N° V-4.628.358, parte demandada, asistido por la abogada ANNY D. ORTIZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 112.084, llegaron a un CONVENIMIENTO y por cuanto se observa que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil ocho. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal
MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 12:10 p.m., quedando registrada bajo el N° 186, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria
Exp. N° 4768-2008
Rogelio G.
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