REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano LUIS FERNANDO TROCHEZ DURAN, en virtud de que no se encuentran llenos los extremos de los artículos 250 Y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo se puede evidenciar que de las actas procesales que conforman la presente acta, no se evidencia ninguna persona que funja como testigos que puedan corroborar lo dicho por los funcionarios aprehensores, quienes realizaron el presente procedimiento SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud interpuesta por la fiscal del Ministerio Público en cuanto a que la presente causa sea decretada por el procedimiento ordinario; La fundamentación de la presente decisión se hará por auto separado, conforme lo establecido en el artículo 254 ejusdem, no obstante, se deja constancia de que el juez explicó a las partes de manera oral los argumentos de hecho y de derecho que motivaron la dispositiva dictada en la presente audiencia. TERCERO: Remítase en su oportunidad legal a la Fiscalía Primera del Ministerio Público a los fines de que realice las investigaciones correspondientes.