REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa Pública, en cuanto a que se DECRETE LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de la ciudadana NATALIA MARIA ALONSO MALDONADO, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.120.193, por cuanto de las actas que conforman la presente causa se desprende que la referida ciudadana padece de hipertensión arterial, aunado a que tiene 58 años de edad. SEGUNDO: se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por la representación Fiscal en cuanto a que le fuera decretada la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el numeral 3 del articulo 256 del Texto Adjetivo Penal. TERCERO: Se acuerda expedir las copias solicitadas por las partes. CUARTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Despacho de la Fiscalía Superior del Ministerio Público.