REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

San Cristóbal estado Táchira, martes 11 de Noviembre de 2008, siendo las 10:40 de la mañana se trasladó y constituyó éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con la abogada Aura Alejandra Gómez Gómez, titular de la cédula de identidad N° V-1.587.484 e Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 103.682, apoderada judicial de Bienes y Raices Alvajos, C.A., (BIERCALCA), en un inmueble ubicado en la Avenida Manuel Felipe Rugeles (Octava Avenida), Parroquia la Concordia, Edificio Catherine, piso 3, apartamento N° 3-1, a fin de llevar a cabo medida de entrega de inmueble, decretada por el Juzgado Tercero de Los Municipios San Cristóbal y Tórbes de ésta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Bienes y Raices Alvajos, C.A., (BIERCALCA), contra la ciudadana Smirth Nayibe Niño Salinas, expediente N° 5467. El Tribunal se hizo acompañar del Cabo II. Víctor Angarita, placa 305, Funcionario Politáchira y el cabo II Víctor Paredes, Funcionario del Grupo BAE. En éste estado se notifica de la misión y objeto del Tribunal a la ciudadana Manuela Álvarez de Calistri, titular de la cédula de identidad N° V-10.101.699, quien dijo ser la Administradora del Edificio Catherine, quien manifestó al ciudadano Juez que la ciudadana Smirth Nayibe Niño, hace mas de cuatro meses que no habita el inmueble, pero que ella va a tratar de comunicarse con ella vía telefónica o con su abogado. Seguidamente el ciudadano Juez, por cuanto el derecho a la defensa es un derecho inherente a la persona humana garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso y por ser la fase de ejecución una fase del proceso, se le concede a la notificada un lapso de 15 minutos para que ubique a la demandada o un Abogado que defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal primero de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, Sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000 en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Siendo las 11:00 de la mañana se hizo presente la abogada Edith Zulamy García, titular de la cédula de identidad N° V-4.001.322 e Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72685, quien manifestó ser la Defensora Ad Litem de Smirth Niño Salinas, quien fue notificada del objeto del Tribunal y quien manifestó no haberse comunicado con la demandada en ningún momento. Seguidamente el ciudadano juez cede el derecho de palabra a la apoderada actora Aura Gómez, quien expone: Por cuanto se ha llamado varias veces a la puerta sin que persona alguna responda y visto lo manifestado por la Administradora, solicito sea designado cerrajero para la apertura del inmueble y una vez constituido dentro del mismo, verificando que se encuentra totalmente desocupado, se me haga entrega del mismo. En éste estado el ciudadano Juez acuerda de conformidad y designa como cerrajero al ciudadano Álvaro Escobar Tapias, titular de la cédula de identidad N° V-8.110.558, quien estando presente aceptó el cargo, prestó el debido juramento de Ley y de seguida por orden del ciudadano Juez procede a abrir el apartamento objeto de la entrega. Abierto el apartamento, se constituye dentro del mismo, el ciudadano Juez, la apoderada actora y el resto de funcionarios que acompañan al Tribunal, verificando que el mismo se encuentra totalmente desocupado, libre de personas, bienes y animales, en buen estado de conservación y mantenimiento, se hace entrega del mismo a la apoderada actora Aura Gómez Gómez, quien recibe conforme en nombre de su representada Bienes y Raices Alvajos, C.A., (BIERCALCA). No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto siendo las 11:30 de la mañana, regresando a la sede natural del Tribunal. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por éste Tribunal. Leída el acta a todos los presentes sin presentar ninguna objeción, conformes firman. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Manuela Álvarez de C. Notificada. (Fdo). Abg. Aura Gómez Gómez. Apoderada Actora. (Fdo). Álvaro Escobar Tapias. Cerrajero. (Fdo). Abg. Edith Z. García Sánchez. Defensora Ad Litem. (Fdo). Cabo I Carlos Paredes. Funcionario Grupo BAE. (Fdo). Cabo II Víctor Angarita. Funcionario Politáchira. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).