REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIÓN DE JUICIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 14 de noviembre de 2008
198° y 149°
Asunto Principal Causa Nº 2JM-816-03
Revisada como ha sido en la presente causa, se observa que no ha sido posible la ubicación de las ciudadanas escabinos CARMEN LILIANA GAVIRIA MORA y MARIA LUISA BARON CORREA, esto con el fin de realizar juicio oral y público en la presente causa; es por lo que esta Juzgadora procede a pronunciarse en virtud de la imposibilidad de constitución del Tribunal Mixto, a tal efecto considera:
Que se recibió oficio N° 156 de fecha 11 de noviembre de 2008, suscrito por la Licenciada Luz Marina Vega Morales, quien regenta la oficina Regional de Participación Ciudadana, quien señala que no ha sido posible por parte de esa oficina la ubicación vía telefónica de las escabinos constituidas en la causa penal N° 2JM-816-03, ciudadanas CARMEN LILIANA GAVIRIA MORA, titular de la cédula de identidad N° V-9.239.981 y MARIA LUISA BARON CORREA, titular de la cédula de identidad N° V-4.446.669, además de ello que las mismas no asisten a juicio desde los años 2005 y 2004, respectivamente.
Igualmente, se tiene la resulta de la ubicación de la Escabino Carmen Liliana Gaviria Mora, por parte del alguacil Jorge Rodríguez, donde señala que se apersonó en el domicilio que le fue indicado, y le fue informado por vecinos del sector que la misma se había mudado y no conocen su actual dirección o teléfono que permita su ubicación.
Y las resultas de la ubicación de la escabino María Luisa Corres, donde el alguacil Teofilo Hernández, deja constancia que se trasladó al domicilio aportado y le fue señalado que la misma se encuentra en la ciudad de Caracas.
Es por lo que ante la imposibilidad de constituir el Tribunal Mixto, y a fin de garantizar al acusado Romel Jaimes, el derecho que tiene a ser juzgado por sus jueces naturales, con las garantías establecidas en la Constitución y en la Ley, es por lo que acuerda dejar sin efecto el nombramiento como escabinos constituidas de las ciudadanas CARMEN LILIANA GAVIRIA MORA, titular de la cédula de identidad N° V-9.239.981 y MARIA LUISA BARON CORREA, titular de la cédula de identidad N° V-4.446.669, ante la imposibilidad de su ubicación.
Ordenando en consecuencia la realización de un sorteo extraordinario y constitución, dado que en la causa ya se cuenta con el nombramiento de la ciudadana BELKIS MARITZA PEÑALOZA, como escabino constituido, quien ha venido presentándose a las convocatorias que se le han realizado para el inicio del juicio oral y público, todo esto con el fin de garantizar al acusado una justicia idónea, expedita y sin dilaciones indebidas, tal como lo establece el artículo 26 constitucional. Así se decide.
Por las consideraciones antes señaladas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal de Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley: DECIDE:
Primero: DEJA SIN EFECTO EL NOMBRAMIENTO COMO ESCABINOS CONSTITUIDOS DE LAS CIUDADANAS CARMEN LILIANA GAVIRIA MORA, titular de la cédula de identidad N° V-9.239.981 y MARIA LUISA BARON CORREA, titular de la cédula de identidad N° V-4.446.669, por cuanto ha sido imposible su localización.
Segundo: ACUERDA la realización un sorteo extraordinario y constitución, dado que ya se cuenta con el nombramiento de la ciudadana BELKIS MARITZA PEÑALOZA, como escabino constituido, quien ha concurrido a las convocatorias realizadas para el inicio del juicio oral y público.
Déjese copia y notifíquese.
ABG. BELKIS ÁLVAREZ ARAUJO
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
ABG. MARIA NELIDA ARIAS
LA SECRETARIA
BAA/mnas
CAUSA 2JM-816-03