REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 6 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-001900
ASUNTO : SP11-P-2006-001900
RESOLUCIÓN PARA CONTESTAR SOLICITUD DE LA VÍCTIMA
Vista la solicitud formulada por el ciudadano WILLIAM ROMERO POVEDA, titular de la cedula de identidad N° V-14.782.189, quien aduce la condición de víctima en la causa que se sigue en contra de los ciudadanos DENY ALEJANDRO ALICASTRO, TIBISAY BASTOS LIMA, JESUS OMAR PALMA, ANDERSON ANTONIO RIVERA ROSO, HENRY ZAMBRANO MOLINA y ABELARDO VELAZCO, el Tribunal para decidir observa:
El solicitante impetra del Tribunal se le explique la razón por las cuales se ha diferido la audiencia de juicio oral y público en la presente causa, así como solicita se le notifique acerca de la respuesta a su solicitud.
En tal sentido, es derecho de todo ciudadano el formular peticiones y es deber de los órganos del Estado el dar le efectiva y oportuna respuesta con el fin de garantizar la tutela real, efectiva y material de los derechos de los ciudadanos, tal como lo establecen los artículos 19, 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por tal motivo, se hace preciso el resolver inmediatamente lo solicitado con el fin de garantizar tanto el derecho de petición expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia, debido a la importancia que reviste el pedimento formulado, el Tribunal escucha el mismo, y resuelve dentro del lapso, realizando un análisis de las veces en que ha sido diferida la audiencia de juicio oral, y las razones que la justifican:
• Recibida la presente causa procedente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, se procede a fijar audiencia de juicio oral y público mediante auto de fecha 30 de Abril de 2008.
• En fecha 26 de Mayo de 2008 se difiere la audiencia de juicio oral y público por la inasistencia de la representante de la Fiscalía del Ministerio Público, así como de la Defensa.
• En fecha 19 de Junio de 2008 se difiere la audiencia de juicio oral y público por la inasistencia de la representante de la Fiscalía del Ministerio Público, de la Defensa y de las víctimas.
• En fecha 21 de Julio de 2008 se difiere la audiencia de juicio oral y público por la inasistencia del acusado Henry Zambrano Molina y de las víctimas.
• En fecha 01 de Octubre de 2008 se difiere la audiencia de juicio oral y público por la inasistencia de la representante de la Fiscalía del Ministerio Público, de la Defensa y de las víctimas.
• En fecha 23 de Octubre de 2008 se difiere la audiencia de juicio oral y público por la inasistencia de la Defensa y de las víctimas.
• Se fijó para el día 24 de Noviembre de 2008 a las 9:00 de la mañana.
Constan así las veces que se ha diferido la presente causa y las razones que han motivado los diferimientos expuestos anteriormente, por lo que se acuerda notificar al ciudadano peticionante, y así se decide.-
Por tales fundamentos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: ÚNICO; Se acuerda notificar al ciudadano WILLIAM ROMERO POVEDA, titular de la cedula de identidad N° V-14.782.189, del contenido de la presente resolución así como de la fecha fijada para la audiencia de juicio oral y público en la presente causa, Notifíquese a las partes. -
ABG. HÉCTOR EMIRO CASTILLO GONZÁLEZ
JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. BLANCA YANETH ACERO
SECRETARIA
SP11-P-2006-001900