REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 13 de Noviembre de 2008
198° y 149°

Recibida como ha sido la anterior demanda, de DESALOJO, proveniente del Juzgado Distribuidor de Municipio de esta Circunscripción Judicial, incoada por la ciudadana CAMILA MARCELINA SANTOS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.116.675, debidamente asistida por la Abog. FEIZA TAUIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.011, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia cítese a los ciudadanos: ALFONSO RAFAEL DELGADO SILVA Y YANITZA LISBETH ABREU DELGADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-9.996.220 y V-10.581.041, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal, al Segundo (2º) día de Despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos dejada por el Alguacil del Tribunal, de haber practicado la última de sus citaciones, cualquiera que sea su orden, entre las horas comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que den Contestación a la demanda, conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Compúlsese el libelo de la demanda por duplicado, con la orden de comparecencia al pie, y entréguense al Alguacil del Tribunal para que practique las citaciones ordenadas.
LA JUEZ,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC,

WENDY GUAITA ROMERO
En esta misma fecha se libraron las compulsas ordenadas. Cúmplase.
LA SECRETARIA ACC,



SRP/WGR/mbq.-