REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, dieciocho (18) de noviembre del dos mil ocho (2008)
198° y 149°


ASUNTO N° WP11-L-2008-000371

Vista la diligencia de fecha diecisiete (17) de noviembre del año dos mil ocho (2008), suscrita por el Profesional del Derecho CÉSAR RODRÍGUEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora Ciudadana YASMELY ESCOBINO SANTELIZ, mediante la cual Desiste del procedimiento que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO ha incoado contra la empresa TRANSGAR ALMACÉN GENERAL DE DEPÓSITO, C.A., asimismo, solicita la devolución de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar; este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, pasa a realizar las siguientes consideraciones: Primero: HOMOLOGA el Desistimiento en los términos expuestos y en razón de ello declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Segundo: Acuerda lo solicitado, en tal sentido, ordena la devolución de las pruebas antes referidas, y una vez que conste en autos diligencia suscrita por la parte donde deje constancia de haber recibido dichas pruebas, se procederá a remitir el expediente a los Archivos Judiciales. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ

Dra. GIOCONDA CACIQUE MEJICANO
LA SECRETARIA

Abg. GERALDINE GASPERI
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. GERALDINE GASPERI

Parte: YASMELY ESCOBINO SANTELIZ vs. TRANSGAR ALMACÉN GENERAL DE DEPÓSITO, C.A.
Motivo: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
GCM/GG/Angel*
WP11-L-2008-000371