REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 197° y 148°

ASUNTO Nº SP01-L-2008-000648

PARTE ACTORA: OMAIRA PEREZ CONTRERAS, identificada con la cédula Nro.V-15.085.684.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NELLY CASTAÑEDA , Inscrito en el Impreabogado bajo el Nro.97.697.

PARTE DEMANDADA: JOSEFA VARELA CHACON, identificada con la cédula Nro V-5.654.875.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: WILLIAM MONCADA RODRIGUEZ, Inscrito en el Impreabogado bajo el Nro. 28.400.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, once (11) de noviembre de 2008, siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, el Tribunal apertura la misma, con la presencia de la parte actora ciudadana OMAIRA PEREZ CONTRERAS, identificada con la cédula Nro.V-15.085.684, , asistida por la Procuradora de trabajadores NELLY CASTAÑEDA , Inscrita en el Impreabogado bajo el Nro.97.697, y por la parte demandada JOSEFA VARELA CHACON, identificada con la cédula Nro V-5.654.875, asistida por el abogado WILLIAM MONCADA RODRIGUEZ, Inscrito en el Impreabogado bajo el Nro. 28.400, quienes realizaron el siguiente acuerdo: la parte demandada ofrece a la parte actora la suma de CINCO MIL QUINIENTOS VEINTE ( Bs. 5.520,oo), pagaderos de la siguiente manera: 1. La suma de Bs. 1.380,oo para el día 28 de noviembre de 2008, 2.- La suma de Bs.1.380,oo para el día 29 de diciembre de 2009, 3.- La suma de Bs.1.380,oo para el día 30 de enero de 2009 y 4.- La suma de Bs.1.380,oo para el día 28 de febrero de 2009. Todos los montos serán pagados en la sede del Tribunal a las 2:30 de la Tarde, excepto el pago fijado para el día 29 de diciembre de 2008, el cual se realizará en la sede de la Inspectoría del Trabajo a las 2:00 de la tarde. Por su lado la parte demandada acepta la oferta realizada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Seguidamente el Tribunal HOMOLOGA el ACUERDO REALIZADO ENTRE LAS PARTES, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente una vez conste en autos el pago de la totalidad de la obligación contraída. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, Parte Demandada,




La Secretaria,

Abog. Lisbeth Pineda.