REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veinticuatro (24) de noviembre del dos mil ocho (2008)
Años y Federación 198º y 149º


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000408
PARTE ACTORA: CARLOS EDMUNDO BRITO CALDERON, titular de la cédula de identidad Nº V-6.466.192
PARTE DEMANDADA: “CONSORCIO EMPRESARIAL ALMACENADORA VARGAS, C.A.”
MOTIVO:”CALIFICACIÓN DE DESPIDO”

En el día hábil de hoy, lunes veinticuatro (24) de noviembre del año dos mil ocho (2008), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la Audiencia Preliminar; se deja constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si ni por medio de apoderados judiciales alguno. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, visto como es que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio de la inmediación, se declara EXTINGUIDO el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 11 en concordancia con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ

Dr. GUSTAVO ROMERO.



LA SECRETARIA


ABG. NELLY MORENO



N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000408