REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 6 de octubre de 2008
198º y 149º
Visto el anuncio del recurso de casación ejercido por el abogado ARGENIS GIL ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 25.245, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana Lilia Pérez de Hernández, contra la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 18 de septiembre del presente año, este tribunal a los fines de proveer sobre su admisión o no observa lo siguiente:
El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios señala: “La decisión de Segunda Instancia en los casos previstos en los artículos 32 y 33 de esta Ley, no tendrá recurso alguno”. (Subrayado nuestro).
Del artículo antes trascrito se corige que la ley antes mencionada prohíbe expresamente la admisión de recursos ejercidos contra las sentencias de segunda instancia, como es el caso en concreto, ya que se trata de un juicio de desalojo que se rige por la mencionada ley, por lo que resulta forzoso para esta superioridad declarar INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto en el presente caso. Se deja constancia que el décimo (10) día de despacho siguiente al vencimiento del lapso para decidir correspondió el día 3 de octubre de 2008. Y así se decide.-
EL JUEZ
DR. IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA
MARYSABEL BOCARANDA

IIP/Mb.-
Exp. N° 1785.-
(desalojo).-