JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, primero de octubre de dos mil ocho.-
198º y 149º
Recibido por Distribución constante todo de (12) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la ciudadana CHICELA SUAREZ DE ROLETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.061.225, casada, de este domicilio y civilmente hábil, asistida en este acto por la abogada ANGELA BRAGANZA CONTRERAS; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana CHICELA SUAREZ DE ROLETO, ya identificada. Y revisada como ha sido la documentación presentada considera que la Partida de Nacimiento adolece del siguiente error: al identificar a la madre de la solicitante, se omitió su primer nombre siendo lo correcto “ISABEL TERESA GUTIERREZ” y no como erróneamente aparece “TERESA GUTIERREZ”. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia, ofíciese al Registro Civil del Municipio San Cristóbal y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal a la Partida de Nacimiento Nº 463, de fecha 01 de junio de 1954, perteneciente a la ciudadana CHICELA SUAREZ. Expídase las copias certificadas de ley.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
SECRETARIA
En la misma fecha se le dio entrada y se inventarió, bajo el N° 33.553.-
IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
SECRETARIA
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