REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
San Cristóbal, 27 de Octubre de 2008
198° y 149°
SENTENCIA N°
EXPEDIENTE N° 58551
MOTIVO: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTES: BLANCA ROSA CUADROS ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.465.823, actuando en nombre y representación de sus hijas, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA).
En escrito presentado por ante este Tribunal, en fecha 07 de Agosto de 2008, la ciudadana: BLANCA ROSA CUADROS ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.465.823, actuando en nombre y representación de sus hijos, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), solicitó DECLARATORIA DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: JOSE GREGORIO SIERRA CONTRERAS, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 9.141.866 y falleció ab intestato en fecha 02 de Julio de 2008, según consta de Acta de Defunción N° 78, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Fernández Feo, Estado Táchira. Junto con el escrito consigno copia certificada del Acta de Defunción; copias certificadas de las partidas de nacimiento de sus hijos, copia certificada del Acta de Matrimonio, Justificativo de Testigos del Juzgado de los Municipio Junín y Rafael Urdaneta.
En fecha 11 de Agosto de 2008, se admite la solicitud acordando oír dos (2) testigos; Notificar a la Fiscal el Ministerio Publico y practicar cualquier diligencia que a juicio del tribunal sea pertinente.
En fecha 14 de Agosto de 2008, se agregó al presente expediente boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal Especializada (f-20).
En fecha 20 de Octubre de 2008, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos MARTIN JAVIER MENDOZA JIMENEZ y FANY CESILIA GUERRERO RAMIREZ, quien rindieron declaración y manifestaron: “….Conocen a Blanca y José Gregorio, residían en Rubio, José Gregorio falleció en el mes de Julio 2008, de la unión matrimonial procrearon dos hijos, no dejó más hijos…”
Visto que se encuentran cumplidos los requerimientos exigidos por el Tribunal, vistos los documentos agregados en el expediente, entre los cuales figuran el acta de defunción del de cujus, y copia de las partidas de nacimiento de sus hijos, acta de matrimonio y notificada debidamente la Fiscal Especializada de Protección del Niño y del Adolescente, esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento civil DECLARA, a la ciudadana BLANCA ROSA CUADROS ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.465.823 y a los niños (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), SUFICIENTE PARA ASEGURARLOS COMO CONTINUADORES JURÍDICOS del ciudadano JOSE GREGORIO SIERRA CONTRERAS, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 9.141.866 y falleció ab intestato en fecha 02 de Julio de 2008, según consta de Acta de Defunción N° 78, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Monseñor Alejandro Fernández Feo Estado Táchira y quien tenía su domicilio en Rubio, avenida 9 N° 12-50, Municipio Junín Estado Táchira. Quedan a salvo los derechos de terceros conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Entréguese el original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. En San Cristóbal a los 27 días del mes de Octubre de 2008.
Abg. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
Abg. DIANA MARCELA ESPINOSA
SECRETARIA.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
La Secretaria.-
Sentencia N°
Exp. N° 58551
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Crisna.-
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