REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
198° y 149°
SENTENCIA N°
EXPEDIENTE N° 58278.
MOTIVO: Autorización para Comprar.
SOLICITANTE: MARISEL COLMENARES CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.213.732, domiciliada en Barrancas parte alta calle, la Trinidad Prolongación N° 1-45, Municipio Cárdenas, Estado Táchira.
BENEFICIARIOS: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA).
Con escrito de fecha 21 de Julio de 2008, la ciudadana Marisel Colmenares Casanova, antes identificada, asistida por la abogada Elva Merle Panza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.081 en su carácter de Defensor Público para la Protección del Niño y del Adolescente, actuando en nombre y en representación de sus hija, niña (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, solicita autorización para que su prenombrada hija, adquiera la propiedad sobre un lote de terreno propio y la vivienda sobre él construida, ubicada en la Prolongación de la Calle Trinidad N° 1-45, Barrancas parte alta, Municipio Cárdenas Estado Táchira, con un área aproximada de ciento veintiséis metros cuadrados (126,omts2) comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con la Prolongación de la Calle Trinidad y mide 07,00 mts; SUR: Con propiedades que son o fueron de Wilfredo Vivas, y mide 07,00 mts; ESTE: Colinda con terrenos o propiedades que son o fueron de Freddy Gil, mide 18,00 mts; OESTE: Colinda con propiedades que son o fueron de Yolmar García, mide 18,00 mts. Anexo a la solicitud presentó copia simple de la Cédula de Identidad, copia simple de la partida de nacimiento de la hija, proyecto de venta.
En auto de fecha 23 de Julio de 2008, se admitió la presente solicitud, acordándose oír a la solicitante, consignar certificación de gravamen de inmueble y Notificar al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 06 de agosto de 2008, el alguacil adscrito a esta Sala de Juicio, consigno boleta de notificación debidamente firmada por el Fiscal del Ministerio Publico (f-11).
En fecha 14 de Agosto de 2008, compareció la ciudadana MARISEL COLMENARES CASANOVA rindió declaración manifestando: que solicita por ante este Tribunal una autorización para comprar la casa que esta ubicada en Barrancas Parte Alta, por la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES el cual va a quedar a nombre de su hija Jennifer Andrea Palmett de cuatro años de edad.
En fecha 14 de Agosto de 2008, mediante diligencia la ciudadana Marisel Colmenares, consigna certificación de gravamen.
En fecha 16 de Septiembre de 2008, se acordó notificar a la Fiscal XV del Ministerio Público, quien compareció en fecha 29 /09/2008 y emitió su opinión favorable.
Vistas y analizadas las anteriores actuaciones y cumplidos como se encuentran los requerimientos exigidos por este Tribunal y por cuanto se evidencia que es en beneficio e interés de la niña (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo señalado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y del artículo 267 del Código Civil, AUTORIZA a la ciudadana MARISEL COLMENARES CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.213.732, para que en nombre de su hija, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), efectúe la COMPRA, de un inmueble consistente en un lote de terreno propio, y sobre él construida una vivienda bifamiliar de dos plantas, ubicada en la Prolongación de la calle Trinidad N° 1-45, Barrancas Parte Alta Municipio Cárdenas Estado Táchira, compuesta y distribuida de la siguiente forma: PLANTA BAJA o PRIMERA PLANTA: con entrada independiente: consta de un garaje, pasillo, una sala de recibo, cocina, comedor, una habitación con su baño privado, un baño, patio trasero, piso de cerámica, techo de platabanda en tabelón, que a su vez es el piso de la segunda planta; escalera de concreto forrada en cerámica, que da acceso a la segunda planta con entrada independiente, y demás anexidades; PLANTA ALTA o SEGUNDA PLANTA: se encuentra subdividida en dos apartamentos: EL PRIMERO: ubicado en la PARTE TRASERA; consta de una sala de recibo, dos habitaciones, cada una con su baño privado y su closet, y la principal con su bestier, una sala de estudio, y piso de cerámica y techo en acerolit y cielo raso y demás anexidades. EL SEGUNDO APARTAMENTO TIPO ESTUDIO: ubicado en la PARTE DELANTERA: consta de una habitación, con su baño privado, sala de recibo, comedor, cocina, sala de oficios y un porche; piso de cerámica, techo de acerolit, escalera de concreto forrada en cerámica con entrada independiente, área de servicios, y demás anexidades, todo construido en obra limpia, paredes de bloques frisadas, sistema de aguas blancas y negras empotradas; así como también la electricidad, inmueble catastrado bajo el N° 20-05-18-06-13, medido y alinderado de la siguiente manera: en un área aproximada de ciento veintiséis metros cuadrados (126,0 mts2); NORTE: Con prolongación de la calle Trinidad, mide siete metros con cero centímetros (07,00mts); SUR: Con propiedades que son o fueron de Wilfredo Vivas, mide siete metros con cero centímetros (07,00mts); ESTE: Colinda con terrenos o propiedades que son o fueron de Freddy Gil, mide dieciocho metros con cero centímetros (18,00mts) y OESTE: Colinda con propiedades que son o fueron de Yolmar García, mide dieciocho metros con cero centímetros (18,00mts). Adquirido el terreno según documento Protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello Estado Táchira, en fecha 31 de marzo de 1995, bajo el N° 24, folios 61-63, tomo N° 30, Protocolo Primero, Primer Trimestre y las mejoras construidas con dinero de propias expensas y propio peculio de la propietaria. Reservándose el derecho de Usufructo de por vida en favor de la ciudadana MARISEL COLMENARES CASANOVA.
Expídase copia de la presente decisión a la parte interesada.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y archívese el expediente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los ocho (08) días del mes de Octubre de dos mil ocho. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

Abog. HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ.
JUEZ UNIPERSONAL Nº 3
Abog. DIANA MARCELA ESPINOSA.
SECRETARIA
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, se archivó el expediente.

La secretaria.
Exp. Nro 58278
Autorización de Compra/Crisna.-