JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintisiete de octubre de dos mil ocho.
198º y 149º
En el presente juicio N° 5071, instaurado por la abogada LYUDMILA EMILIA VASQUEZ SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.905, en su carácter de apoderada judicial de la empresa Mercantil INMOBILIARIA SOFITASA, C.A., contra KEILA YUDITH GARCIA ROSALES, titular de la cédula de identidad N° V-12.630.883, por RESOLUCION DE CONTRATO; y vista la diligencia de fecha 24 de octubre de 2008, suscrita por la abogada actora Lyudmila Emilia Vásquez Duque, mediante la cual manifiesta que la demandada pago la obligación en su totalidad, por lo que solicita se levante la medida ejecutiva de embargo, y se de por terminado el juicio.
Por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
LEVANTAR LA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, decretada el 17-04-2007 y practicada el 12 de junio de 2007, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes y otros de esta Circunscripción Judicial, sobre el 50% de los derechos y acciones que le corresponden a la demandada de autos, sobre un apartamento ubicado en la Castra, Edificio Araguaney, apartamento N° B-1, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, con un área aproximada de 77,60 Mts.2.
Participar lo conducente a ciudadano Registrador Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilu
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