REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO AYACUCHO




CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO TACHIRA
JUZGADO DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- SAN JUAN DE COLÓN, SEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

198º y 149º

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA DEL ROSARIO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.788.205, actuando como representante legal de sus hijos …, este Tribunal para resolver observa:
Que, de los recaudos presentados por la solicitante, los cuales son: Acta de defunción de JOSE ROMULO ZAMBRANO CONTRERAS, acta de Nacimiento de …, se evidencia que la misma tiene la representación legal de sus hijos supra citados es por lo que este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, con fundamento a lo establecido en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concatenado con los artículos 7, 8 y 379 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, concede AUTORIZACION JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana MARIA DEL ROSARIO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-26.788.205, para que en nombre y representación de sus prenombrados hijos, sobre quien ejerce la patria potestad, tramite lo necesario ante la IPOSTEL y ante cualquier otro organismo público y privado a los fines de hacer efectiva la cuota parte que le corresponde a …, en el cobro de Prestaciones Sociales, Pensión de Sobrevivientes, seguro de vida, caja de ahorros, asignación por causa de muerte y cualquier otro concepto y/o sumas de dinero que le pudiera corresponder a la hija del causante JOSE ROMULO ZAMBRANO CONTRERAS, venezolano, y quien era titular de la cédula de Identidad N° V-1.628.849, y quien era jubilado de IPOSTEL y dependía del Ministerio de Infraestructura, y falleció en la ciudad de San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, el día 28 de Abril del 2.003. En este mismo acto consigno copias del ACTA DE DEFUNCION Nº 64, expedida por la Abg. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON, Prefecto del Municipio Ayacucho del Estado Táchira.-