REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Sentencia N° 955-08-593
CAPITULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE: Yucid del Carmen Duarte Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-...
DIRECCIÓN: carretera nacional, al lado de la Alcabala de la Guardia Nacional, La Pedrera, Municipio Libertador, Estado Táchira...
DEMANDADO: Oscar José Hernández Landaeta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-...
DIRECCIÓN: carrera 2, sede del Partido COPEI, Pregonero, Municipio Uribante, Estado Táchira
MOTIVO: Obligación de Manutención
Causa Nro. 955-08
Fecha de entrada: 18 de septiembre del 2008
CAPITULO II
DE LOS HECHOS.
Se inicia el presente procedimiento por obligación de manutención, mediante diligencia presentada con sus anexos en fecha 16 de septiembre del 2008, por la ciudadana Yucid del Carmen Duarte Sánchez, contra el ciudadano Oscar José Hernández Landaeta, en favor de las niñas ...
En fecha 18 de septiembre del 2008, se admitió la demanda y se acordó la citación del ciudadano Oscar José Hernández Landaeta, notificar al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 18 de septiembre del 2008, se libró boleta de citación al demandado Oscar José Hernández Landaeta.
En fecha 18 de septiembre del 2008, se libró exhorto al Juzgado de los Municipios Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a fin de lograr la citación del ciudadano En fecha 18 de septiembre del 2008, se libró boleta de citación al demandado Oscar José Hernández Landaeta.
En fecha 18 de septiembre del 2008, se libró oficio N° 1455, al Director del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, con sede en Caracas. solicitando información sobre el monto de prestaciones sociales que corresponden al Oscar José Hernández Landaeta, y ordenando la retención del pago de las referidas prestaciones.
En fecha 22 de octubre del 2008, se recibió y agregó comisión N° 912/2008, procedente del Juzgado de los Municipio Uribante y Sucre de esta Circunscripción Judicial, relacionada con la citación del ciudadano Oscar José Hernández Landaeta, debidamente practicada.
En fecha 27 de octubre del 2008, se declaro desierto el acto conciliatorio, y presente la parte demandada, se oyeron sus alegatos.
En fecha 28 de octubre del 2008, comparecen de manera voluntaria ante la sala de Despacho de este Tribunal, la ciudadana Yucid del Carmen Duarte Sánchez y el ciudadano Oscar José Hernández Landaeta, y previa audiencia con la Jueza convinieron:
PRIMERO: fijar el monto de la obligación de manutención en la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs.400,00) mensuales, y adicional mensualmente la cantidad de trescientos ochenta bolívares (Bs.380,00) por concepto de gastos de guardería, para un total de setecientos ochenta bolívares (Bs.780,00) mensuales; a ser depositados por el ciudadano Oscar José Hernández, en la cuenta de ahorro que a bien tenga a ordenar el tribunal, los cinco primeros días de cada mes. SEGUNDO: en cuanto a los gastos escolares, el obligado Oscar José Hernández, se compromete a cubrir el cien por ciento de los referidos gastos. TERCERO: en cuanto a los gastos decembrinos, las partes convienen en fijar una cuota adicional de cuatrocientos bolívares (Bs.400,00), para un total de ochocientos bolívares (Bs.800,00) en el mes de diciembre; los cuales serán depositados por el obligado los cinco primeros días del mes de diciembre de cada año. CUARTO: en cuanto a los gastos médicos, serán cubiertos en partes iguales por los progenitores. QUINTO: Ambas partes acuerdan que a partir del mes de marzo del año 2009, sea aumentada de forma automática la cuota por obligación de manutención, a razón de doscientos bolívares (Bs.200,00) adicionales por año. Por otra parte convienen que al incrementar los gastos de guardería, tal incremento será cubierto por el obligado automáticamente
En fecha 28 de octubre del 2008, estampó diligencia la ciudadana Yucid del Carmen Duarte Sánchez, solicitando sea designada correo espacial para la remisión del oficio N° 1703, librado por este Juzgado al Director del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, con sede en Caracas...
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
Por cuanto la conciliación suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por las partes en fecha 28 de octubre del 2008; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda el ajuste automático a partir del mes de marzo del año 2009, y en lo sucesivo anualmente, del monto de la Obligación de Manutención, conforme a lo convenido por las partes.
Líbrese oficio a la Directora Administrativa de Banfoandes agencia Abejales, solicitando la apertura de una cuenta de ahorro a nombre de la ciudadana Yucid del Carmen Duarte Sánchez.
Se designa correo especial a la ciudadana Yucid del Carmen Duarte Sánchez, identificada en autos, a los fines de hacer llegar el oficio N° 1703, al Director del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, con sede en Caracas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los treinta días del mes de octubre del dos mil ocho. 198º años de la Independencia y 149º de la Federación.
La Jueza.
Abg. Rosalba Ruiz Jaimes
El Secretario
Luis Alfonso Sánchez Pérez
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