REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes procedimientos: PRIMERO: Se RATIFICAN las Medidas de Protección y Seguridad acordadas por el Órgano aprehensor como son las establecidas en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, así como la establecida en el artículo 92 ordinal 7° de la referida Ley, en contra del ciudadano JESUS MANUEL BRACHO, como autor o participe del hecho que le es imputado por el Ministerio Público. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud interpuesta por la representación fiscal en cuanto a las medidas cautelares establecidas en el articulo 256 ordinal 3°, por cuanto este tribunal considera que son suficientes las medidas otorgadas por el órgano aprehensor, con el fin de llevar a cabo las protección de la presunta victima. TERCERO: Vistas las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se produjeron los hechos objeto del proceso y dada la solicitud por parte del Ministerio Público de llevar este caso por la vía especial, considera este Tribunal que lo procedente es decretar la aplicación para el presente caso del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 ejusdem.