REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Control del Estado Vargas
Macuto, 23 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2007-004865
ASUNTO : WP01-P-2007-004865

Corresponde a este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO PORRAS OVIEDO, titular de la cedula de identidad N° 17.755.286, nacido en fecha 24-08-1983, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de profesión u oficio Obrero, residenciado en: Barrio Federico Quiroz, Catia, casa S/N°, al final de la Calle, Federico Quiroz, cerca de la Licorería de la Sra. Aura, Caracas, hijo de Luís Andrés Porra (v) y Elendy Oviedo (v), en su condición de imputado, mediante la cual requiere: “Ante usted acudo muy respetuosamente, a objeto de exponerle lo siguiente: Solicito se sirva extenderme el Régimen de Presentaciones impuesto, así mismo solicito se sirva instar al Ministerio Público a los fines de que presente el acto conclusivo, de igual manera consigno constancia de trabajo. Solicitud que hago a los fines legales consiguientes.”

Ahora bien, de la revisión efectuada en el sistema informático a los asientos donde se refleja el régimen de presentaciones de el ciudadano LUIS ALBERTO PORRAS OVIEDO, en cuestión, donde se pudo constatar el fiel y cabal cumplimiento de la medida por parte del referido imputado, lo cual deriva en la certeza de su disposición a someterse a la investigación, quedando así garantizadas las resultas del proceso, es por lo que, quien aquí decide considera ajustado a derecho extender el lapso de presentaciones cada TREINTA (30) DÍAS. ASI SE DECIDE.


DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER a CADA TREINTA (30) DÍAS LAS PRESENTACIONES PERIODICAS ANTE ESTE TRIBUNAL, al ciudadano LUIS ALBERTO PORRAS OVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº 17.755.286, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código orgánico Procesal Penal, de igual forma se le informa al imputado de autos, que debe seguir cumpliendo su régimen de presentaciones en esta Circunscripción Judicial Penal, como lo ha venido haciendo hasta la presente fecha, so pena de revocar la medida cautelar acordada por este Tribunal, de igual forma se acuerda oficiar al Ministerio Público a los fines de presentar el acto conclusivo de la causa de marras.

Se declara con lugar la solicitud interpuesta por el imputado de marras.

Publíquese, regístrese, notifíquese. Líbrese oficio a la Oficina del Alguacilazgo informando de lo acordado y déjese copia de la presente decisión.

EL JUEZ DE CONTROL NRO. 4
ABG. JESÚS ERNESTO DURÁN RAGA.

LA SECRETARIA
ABG. JEANY CAMACARO.