DISPOSITIVA

Este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos YOHAN ANTONIO PEÑA ECHARRY, quien es de nacionalidad, Venezolana, natural de la Guaira, nacido en fecha 23-01-1983, de 23 años de edad para el momento de los hechos, de profesión u oficio Albañil, residenciado en: Calle Ricaute, Casa Nº 03, la Soublette, Parroquia Catia la mar, Estado Vargas, Titular de la Cedula de Identidad Nº 18.536.229 y JUAN CARLOS HERNANDEZ PEÑA, quien es de nacionalidad, Venezolana, natural de la Guaira, nacido en fecha 17-06-1979, de 27 años de edad para el momento de los hechos, de profesión u oficio funcionario, residenciado en: Sector 02, la Roraima, callejón José Félix Rivas, al lado de la bodega GOGO, la Soublette, Parroquia Catia la mar, Estado Vargas, de los cargos fiscales formulados por el Ministerio Público de conformidad a lo establecido en los artículos 363 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se exime del pago de Costas Procesales al Estado, debido a que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece en sus artículos 26 y 254 que el Poder Judicial no está facultado para exigir pago alguno y la justicia es de carácter gratuita.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese, déjese copia en archivo y remítase el expediente en su debida oportunidad al Tribunal de Ejecución que corresponda.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO

DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO.

LA SECRETARIA

Ab. KEYLA CARREÑO