REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
MAIQUETIA, TRECE (13) DE OCTUBRE DE 2008.
198° Y 149º
Vencido como se encuentra el lapso probatorio establecido en el articulo 889 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal siendo las 03:30 minutos de la tarde del día de hoy, deja expresa constancia que ambas partes promovieron pruebas en el presente Juicio.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. ANA TERESA AYALA P.
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA
EXP Nº 1181-08
ATAP/gg/el.-