REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 14 de octubre de 2008
Años 198° y 149°
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por la ciudadana GLORIS R. DANGLADES C., en su carácter de parte actora, debidamente asistida por las profesionales del derecho DINORAH GARCIA, ISABEL MENDOZA Y MIREYA MONTENEGRO, abogadas en ejercicio, de este domicilio e inscritas en el Inpreabogado Nros. 42.652, 76.623 y 71.042 respectivamente, inserto al folio 122 del presente expediente, este Tribunal lo admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto el mismo no es manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.-
En cuanto al capitulo II del escrito de promoción de pruebas, dejando a salvo la apreciación que pueda verificarse respecto a ello, se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (C.I.C.P.C.), Delegación del Estado Vargas, a los fines de que se sirva remitir a este Tribunal a la mayor brevedad posible, remitir copias certificadas del expediente Nro. H-864-355 de fecha 14 de marzo de 2008, pòr violencia al genero contra la ciudadana GLORIS R. DANGLADES C. Líbrese oficio con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ,
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.,
WENDY GUAITA ROMERO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se libro oficio Nº 1305.-
LA SECRETARIA ACC.
WENDY GUAITA ROMERO
SRP/WGR/mary
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 14 de octubre de 2008
Años 198° y 149°
CIUDADANO:
DIRECTOR DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS
DELEGACION DEL ESTADO VARGAS
SU DESPACHO.-
Tengo a bien participarle a usted, que por auto de esta misma fecha, dictado en el Expediente Nº 1314/08, relacionado con el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue el ciudadano FACUNDO ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ, contra la ciudadana GLORIS R. DANGLADES COVA, se ordenó solicitarle su valiosa colaboración en el sentido de que se sirva remitir a este Tribunal, a la mayor brevedad posible, copias certificadas del expediente Nro. H-864-355, de fecha 14 de marzo de 2008, por violencia al género contra la ciudadana GLORIS R. DANGLADES C.-
Participación y solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
EXP. Nº 1314/08
SRP/marysabel