REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 16 de Octubre de 2008.
198° y 149°
Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 13/10/08, por la Abogado MARIBEL HERNÁNDEZ M., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.346, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, así como el pedimento contenido en la misma, se acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 07/10/08, se Decreta su Ejecución, a cuyo efecto se le concede a la parte demandada un lapso de CUATRO (4) días de Despacho para que dé cumplimiento voluntario a dicha decisión, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.
LA SECRETARIA ACC.,
WENDY GUAITA ROMERO.
SRP/wg.
Exp. N° 1289/08.