REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, quince (15) de octubre del dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: WP11-L-2008-000323
Vista la sentencia dictada en fecha treinta (30) de septiembre del dos mil ocho (2008), por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual declaró CON LUGAR, la acción intentada por la parte actora en el presente proceso y definitivamente firme como ha quedado; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 37.549, 77), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. F. 16.325, 99), más CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (B. F. 4.897, 79), que corresponden al 30% por costas. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma de VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. F. 21.223, 78) que comprende la suma condenada a pagar de DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. F. 16.325, 99), más CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (B. F. 4.897, 79), que corresponden al 30% por costas. Este Tribunal fija para el día diecisiete (17) de diciembre del año dos mil ocho (2008) a la una (1:00 p.m.) horas de la tarde, la Práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
LA JUEZ
Dra. REBECA MARTINEZ LEZAMA
LA SECRETARIA
Abg. ANGELY ARIAS
Parte Demandante: “Piñango Alfonso Félix Martín”
Parte Demandada: “Aeropostal Alas de Venezuela, C.A.”
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.
RML/AA/greo.-
EXP. WP11-L-2008-000323