REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 09 de octubre de 2008
198º Y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2008-000343
PARTES ACCIONANTES: OSWALDO CASTILLO, titular de la cédula de identidad número V-13.375.549
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: TOYI SUSHI BAR, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCO NAPOLITANO, Inpreabogado No. 68.963.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, 09 de octubre de 2008, siendo las diez mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, compareció a la misma el abogado FRANCO NAPOLITANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, según consta de poder especial que acredita su representación, cuyo documento original puso a la vista del Tribunal. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante, quien no asistió ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, en la oportunidad legal. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°
LA JUEZ,
Dra. REBECA MARTINEZ LEZAMA
LA COMPARECIENTE,
FRANCO NAPOLITANO
LA SECRETARIA
Abg. ANGELY ARIAS
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