REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, miércoles veinticuatro (24) de septiembre del dos mil ocho (2008)
198° y 149°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000284
PARTE ACTORA: LUIS BELTRAN DIAZ BORGES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 4.115.760.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JESUS CASTELLANO MEDINA, Abogado inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 42.051.
PARTE DEMANDADA: Empresa “SOTEINCA INGENIERIA, C. A.”
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DIELIXA CABALLERO PACHECO, Abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 70.507.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES.


En el día hábil de hoy, miércoles veinticuatro (24) de septiembre del dos mil ocho (2008), siendo la una y treinta (01:30 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la ciudadana: DIELIXA CABALLERO PACHECO, plenamente identificada. Dándose inicio a la audiencia preliminar. Seguidamente, la ciudadana Juez observa la incomparecencia de la parte actora al presente acto, por lo que se entiende desistido. En este estado, siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, a la celebración de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Se deja constancia que las pruebas aportadas por la parte demandada al inicio de la audiencia preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ

PARTES COMPARECIENTES:


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,

LA SECRETARIA,

ABG. ANGELY ARIAS
Exp. Nº WP11-L-2007-000284