REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
198º y 149º
SOLICITUD
5908-08
SOLICITANTE:
OSCAR HUMBERTO ASTROS ARTIGAS
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
ABOGADO ASISTENTE
YVONNE VARGAS SIRIT y RAFAEL SIVIRA
DECISIÓN INTERLOCUTORIA
I
SINTESIS
Presentada la anterior solicitud en fecha 25 de Abril del 2008, por el Ciudadano OSCAR HUMBERTO ASTROS ARTIGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.098.616, actuando en su carácter de coheredero del causante OSCAR HUMBERTO ASTROS VILLEGAS, debidamente asistido por los Abogados YVONNE VARGAS SIRIT y RAFAEL SIVIRA, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nros. 23.347 y 118.541 respectivamente, y previa distribución de solicitudes ante este Juzgado Distribuidor en esta Circunscripción, fue asignada a este Juzgado, dándosele entrada en fecha 28 de Abril de 2008 y fijándose oportunidad para la declaración de los testigos en fecha diecinueve (19) de Julio del presente año.
II
MOTIVACIÓN
El ciudadano OSCAR HUMBERTO ASTROS ARTIGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-5.098.616, en su condición de hijo, así como los ciudadanos SANDRA ZULAY ASTROS ARTIGAS, JHON DOUGLAS ASTROS ARTIGAS y MARLYN JOYCE ASTROS ARTIGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.116.726, V-4.565.959 y V-4.556.711 respectivamente, en su carácter hijos, y la ciudadana MARIA CLEOTILDE ARTIGAS DE ASTROS, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.014.377, en su condición de cónyuge del ciudadano OSCAR HUMBERTO ASTROS VILLEGAS, fallecido en fecha diecinueve (19) de Febrero de 2008, en la Parroquia Carlos Soublette, solicitaron se les declare Únicos y Universales Herederos del causante OSCAR HUMBERTO ASTROS VILLEGAS.-
Los solicitantes consignaron los siguientes documentos 1) Acta de defunción emanada de la Dirección Registro Civil, Segundo Circuito; 2) Actas de Nacimiento emanadas de la Primera Autoridad Civil de las Parroquias La Guaira, del Municipio Vargas, del Estado Vargas, de la Parroquia Mercedes Díaz Municipio Valera Edo. Trujillo y Prefectura Civil del Municipio Juan Ignacio Montilla, Distrito Valera, Estado Trujillo; y 3) Partida de matrimonio emanada de la Oficina del Registro Civil de Parroquia Juan Ignacio Montilla Municipio Valera Estado Trujillo. Tales documentos de carácter público prestan para esta instancia todo el valor probatorio que de su contenido se desprende, evidenciándose la vocación hereditaria que tienen los ciudadanos OSCAR HUMBERTO ASTROS ARTIGAS, SANDRA ZULAY ASTROS ARTIGAS, JHON DOUGLAS ASTROS ARTIGAS, MARLYN JOYCE ASTROS ARTIGAS y MARIA CLEOTILDE ARTIGAS DE ASTROS, como herederos del ciudadano OSCAR HUMBERTO ASTROS VILLEGAS (fallecido).
Igualmente los solicitantes presentaron las testimoniales de los Ciudadanos IVONNETE JOSEFINA QUIJADA VALLADARES y EDY ANTONIO MUÑOZ GODOY, quienes contestaron afirmativamente a su interrogatorio. Estos testigos fueron contestes en sus declaraciones, no incurrieron en exageraciones en sus respuestas, por lo que prestan para este Tribunal todo el valor probatorio que se desprende sobre la existencia del vínculo y la filiación que unía a los solicitantes con el fallecido. –
Ahora bien, estudiado el caso cuestionado con las probanzas evacuadas, este Tribunal los considera suficientes para declarar la cualidad de Únicos y Universales Herederos que se acredita a los solicitantes, sobre el acervo hereditario del de-cujus, y así se dictaminará en el decreto de esta decisión. Así se establece.
III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por el ciudadano OSCAR HUMBERTO ASTROS ARTIGAS, antes identificado y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los solicitantes ciudadanos OSCAR HUMBERTO ASTROS ARTIGAS, SANDRA ZULAY ASTROS ARTIGAS, JHON DOUGLAS ASTROS ARTIGAS, MARLYN JOYCE ASTROS ARTIGAS y MARIA CLEOTILDE ARTIGAS DE ASTROS, la cualidad de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del Ciudadano OSCAR HUMBERTO ASTROS VILLEGAS, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del nombrado ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría. Se comisionó para la obtención de las copias a la Ciudadana ZAYDA MIRANDA, Asistente I de este Juzgado, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.350.296, quien junto con el Secretario firmará la certificación y cada uno de sus folios, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, DEL Transito y Agrario de La Circunscripción Judicial Del Estado Vargas, Maiquetía, (19) días del mes de Septiembre del año dos mil ocho (2008).
EL JUEZ,
ABG. CARLOS ELIAS ORTIZ FLORES
LA SECRETARIA ACC,
MERLY VILLARROEL
ASISTENTE AUTORIZADA
ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha de hoy, (19) días del mes Septiembre de 2008, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 09:00 a.m., se expidieron las copias certificadas y se devolvió constante de veinticinco (25) folios útiles.-
LA SECRETARIA ACC,
MERLY VILLARROEL
Solicitud N° 5980-08
CEOF/MV/zayda
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