REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Sección Adolescente
Macuto, 16 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2007-000175
ASUNTO : WP01-D-2007-000175

SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL
Vista la solicitud de sobreseimiento provisional que presentó por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas la Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a favor de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA; por el delito tipificado como: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.

En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, fundamenta su decisión conforme al artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, utilizado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, de la siguiente manera:

La presente causa se inicia en fecha 15/ 08/ 2007, “mediante acta policial suscrita por funcionarios, adscritos al Comando Regional Nª 05 de la Guardia Nacional cuando avistaron u (01) vehículo de color rojo y pudieron observar que habían cuatro (04) personas dentro del mismo, con actitud sospechosa y nerviosa los efectivos le solicitaron que se estacionaran a la derecha … (Omissis) al verificar dentro del vehículo pudieron observar un (01) monedero de color beige con una figura de color dorado en el centro, y al abrirlo en presencia del testigo y de los ocupantes del vehículo, se pudo detectar dentro del mismo unos mini pitillos dentro de los cuales hay un polvo de color blanco, así como también pudieron visualizar varios envoltorios de papel d e aluminio de forma redonda y los cuales al contarlos dio como resultado la cantidad de treinta y ocho (38) envoltorios de papel aluminio y cuarenta y cuatro (44) mini pitillos, la sustancia que se encuentra dentro de estos envoltorios por sus características se presume que es CRACK Y COCAINA, motivo por el cual practicaron la aprehensión de los mismos”.

La representación no ha recabado elementos suficientes de convicción que le permitan presentar una acusación.

pUna vez analizada la solicitud fiscal este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas considera pertinente los argumentos esgrimidos por cuanto para atribuir a una persona la comisión de un determinado delito deben configurarse una serie de elementos tales como la tipicidad del delito; es decir tiene que estar contemplado en el ordenamiento jurídico vigente; la antijuricidad, es decir el acto debe contravenir el orden jurídico establecido en este caso el penal y por supuesto la persona tiene que podérsele probar la culpa, en el hecho, por el cual se le ha proseguido una causa penal.

En el presente caso contra la adolescente de marras la representación fiscal no ha reunido suficientes elementos que concurran para demostrar la participación y en consecuencia la culpa de la adolescente; siendo procedente al solicitud fiscal de sobreseimiento provisional de acuerdo al artículo 561 literal “E” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL a favor de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA; por el delito tipificado como: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “E” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Regístrese. Publíquese. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRIMERO EN FUNCION DE CONTROL

ABG. CELESTE JOSEFINA LIENDO LIENDO


LA SECRETARIA

ABG. JOYCEMAR GARCÍA ASTROS

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo decidido

LA SECRETARIA

ABG. JOYCEMAR GARCÍA ASTROS