REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Sección Adolescente
Macuto, 9 de Septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2008-000266
ASUNTO : WP01-D-2008-000266
AUTO ACORDANDO LIBERTAD SIN RESTRICCIONES
Realizada la audiencia para escuchar al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, en la cual la representación fiscal solicitó libertad sin restricciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, de seguida pasa a fundamentar la decisión de acuerdo a lo pautado en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, utilizado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
DE LOS HECHOS
… “en fecha 04/09/2008, cuando policías del estado realizaban un recorrido por el sector Virgen del Valle, Parroquia Carlos Soublette, avistaron a un ciudadano que se desplazaba en un vehículo tipo moto de color naranja , se percataron que a bordo del mencionado vehículo se desplazaba un segundo ciudadano quien poseía en sus brazos una niña, uno de ellos portando un casco de seguridad, por tal razón procedieron a dar la voz de alto haciéndole el llamado de atención correspondiente, pidiéndoles sus documentos de identificación y como el ciudadano que manifestó que era el propietario de la moto no acreditó con documento alguno su propiedad, se le informó que serían trasladados a la Unidad de Transito Terrestre, para el tramite administrativo correspondiente, optando por ponerse agresivo los dos ciudadanos en contra de la comisión policial , esgrimiendo palabras obscenas , no obstante fueron trasladados a la unidad de transito terrestre, entrevistándose la comisión policial por el funcionario IDENTIDAD OMITIDA, y cuando el ciudadano quien es mayor de edad: IDENTIDAD OMITIDA le tocaba firmar la boleta antes indicada se tornó nuevamente bastante agresivo, firmándola y lanzándola la boleta en la cara al funcionario de transito terrestre y cuando intervino uno de los oficiales de la Policía del Estado Vargas, de nombre MIRELIS CRISTIAN, para tratar de controlar la situación fue agredido por el ciudadano con un golpe de puño y comenzó a lanzar golpes de puño y mordió al funcionario en la mano izquierda, motivo por el cual se les efectuó la retención correspondiente”.
.DEL DERECHO
Se evidencia de las actas procesales que conforman la presente causa, que no existen elementos de convicción suficientes que permitan inferir la participación de del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA en alguna conducta típica, antijurídica y culpable, es decir no se puede subsumir su acción en los hechos explanados en el acta policial realizada a los efectos de dejar constancia de la actuación policial, siendo impretermitible otorgar la libertad sin restricciones; además no constan actas de entrevistas en el expediente de posibles testigos que puedan deponer en relación a la mencionada actuación de los funcionarios policiales; pudiendo la representación fiscal continuar con las averiguaciones y dilucidar realmente la participación del adolescente de autos de acuerdo al artículo 1 del Código Penal. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la libertad sin restricciones al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA. Regístrese, Publíquese.
LA JUEZ PRIMERO EN FUNCION DE CONTROL
ABG. CELESTE JOSEFINA LIENDO LIENDO
LA SECRETARIA
ABG. JOYCEMAR GARCÍA ASTROS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. JOYCEMAR GARCÍA ASTROS