REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
SALA DE JUICIO.-
SAN CRISTÓBAL, 30 de Septiembre del año 2008.-

198º y 149º

Visto el contenido del acuerdo suscrito por los ciudadanos LUIS EDUARDO ANGULO y DEISY BITZET QUEVEDO HUERFANO, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 11.507.729 y V.- 12.230.540, en el cual acordaron: PRIMERO: El padre ciudadano LUIS EDUARDO ANGULO, ofrece aumentar la Obligación de Manutención en beneficio de su hijo (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), a CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (150,00 Bs.F) mensuales, dicha cantidad será depositada en la cuenta de ahorros N° 01610038263238003221 de la Entidad bancaria BANPRO, a nombre de la ciudadana DEISY BITZET QUEVEDO HUERFANO. Además el niño seguirá gozando del beneficio de la Póliza de seguro aportado por su progenitor. SEGUNDO: En el mes de Agosto, el padre se compromete a comprar los útiles escolares y botas de goma, y la madre comprará los uniformes escolares y zapatos, en el mes de Diciembre el padre comprará los (02) dos estrenos del niño y un (01) par de zapatos. El presente acuerdo comenzará a regir a partir del mes de Octubre del año en curso.-

En consecuencia, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 8 y 27 ejusdem, este Juez Unipersonal Nro. 03, de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenio por AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, acordado por los ciudadanos anteriormente identificados, Otórguese fuerza ejecutiva, procédase en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-

ABG. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL Nº 03
ABG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO

En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,

Exp. Nro. 40742/Aumento de Obligación de Manutención
Edith.-