REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

Ahora bien este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA a los imputados ANGEL RAFAEL PALMERA FIGUEROA titular de la Cedula de Identidad Nro. V.-16.508.234, y MIGUEL ALBERTO FIGUEROA NELO, titular de la Cedula de Identidad Nro. V.-17.711.881, antes identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 256, ordinal 3° y 8º el 264, todos de conformidad con lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal, siendo que el Ministerio Público no presentó en el lapso correspondiente el acto conclusivo a que diera lugar y por cuanto la solicitud de prorroga fue instada en un tiempo no hábil contados a partir de la Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por este Tribunal en fecha 23 de Agosto de 2008,