San Cristóbal, 19 de septiembre de 2008
198º y 149º

CAUSA 2E-1711-03

Revisada como fue la presente causa seguida en contra del ciudadano HERNANDEZ BERNAL JOSE GERMAN, venezolano, natural de La Azulita, Estado Mérida, titular de la cedula de identidad N° V.- 9.241.121, domiciliado en URBANIZACIÓN ANDRÉS BELLO CALLE PRINCIPAL CASA N° 88-51 SAN CRISTÓBAL – ESTADO TÁCHIRA, este Tribunal antes de decidir observa:

En fecha 11 de octubre de 2004, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, declaró la continuación de la Medida de Seguridad impuesta al ciudadano HERNANDEZ BERNAL JOSE GERMAN, por un lapso de SEIS (06) MESES, de conformidad con el artículo 76 numeral 2 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la fecha de los hechos, que como sanción le impusiera el Juez Segundo de Juicio de este Circuito Penal, en fecha 31-01-2003.

A los folios 177, 179, 181, 184, 186, 188, 190, 192, corren insertas Constancias de Asistencia al Centro de Prevención Atención y Orientación Antidroga (CEPAO) de fechas 19-10-2004, 22-10-2004, 09-11-2004, 07-12-2004, 13-01-2005, 25-01-2005, 30-03-2005, 12-04-2005 respectivamente; por medio de las cuales se refleja el cumplimiento de la medida de seguridad impuesta.

Este Tribunal, en virtud del tiempo transcurrido hasta la presente fecha, procede a declarar el cumplimiento total de la Medida de Seguridad impuesta al ciudadano HERNANDEZ BERNAL JOSE GERMAN. Y así se decide.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA MEDIDA DE SEGURIDAD, impuesta al ciudadano HERNANDEZ BERNAL JOSE GERMAN, venezolano, natural de La Azulita, Estado Mérida, titular de la cedula de identidad N° V.- 9.241.121, domiciliado en URBANIZACIÓN ANDRÉS BELLO CALLE PRINCIPAL CASA N° 88-51 SAN CRISTÓBAL – ESTADO TÁCHIRA, por CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 2° y 419 ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 75 y 76 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigentes para el momento de los hechos, y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA MEDIDA IMPUESTA .

Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio y regístrese su salida.



ABG. IRIS COROMOTO CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN




ABG. ELIANA LUCIA FERNANDEZ PEÑALOZA
SECRETARIA