REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintinueve (29) de septiembre del dos mil ocho (2008)
198° y 149°
ASUNTO N° WP11-S-2008-000125
Vista la anterior Oferta Real de Pago, presentada en fecha veintiséis (26) de julio del año dos mil siete (2007), por los Profesionales del Derecho DAVID G. QUINTERO MARTÍNEZ y JAIR SÁNCHEZ, en su carácter de Apoderados Judiciales de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB ORICAO, este Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia, se ordena: PRIMERO: La apertura de una Cuenta de Ahorro a nombre del Ciudadano JORGE BENÍTEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.889.709, en el BANCO DE FOMENTO REGIONAL LOS ANDES (BANFOANDES) Banco Universal, por la cantidad de Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Tres Bolívares Fuertes con Sesenta y Nueve Céntimos (Bs.F. 42.843,69), y para tal efecto líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C) de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: La notificación del Oferido Ciudadano JORGE BENÍTEZ, a fin de que comparezca por ante el Tribunal, en horas de despacho, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes el cual comenzará a transcurrir a partir de la consignación del Alguacil de este Circuito encargado de practicar la misma, sin que sea necesaria la certificación por parte de la Secretaría, a los efectos de solicitar el retiro de la cantidad de Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Tres Bolívares Fuertes con Sesenta y Nueve Céntimos (Bs.F. 42.843,69), consignada en la Oferta Real o en su defecto a manifestar lo que creyere conveniente. Líbrense Boleta de Notificación, Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. ARNALDO RODRIGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA
Abg. ANGELA PADRÓN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. ANGELA PADRÓN
ARL/AP/Angel*
WP11-S-2008-000125