JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, 28 de abril de 2009.-
199º y 150º
Vista la diligencia de fecha 24 de Abril de 2009, suscrita por el abogado RICHARD CLEOBALDO CHÁVEZ PARRA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 136.745, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN CARLOS BARRIOS FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.408.887, de este domicilio y hábil, como consta de poder que corre al folio 39, parte demandante, mediante la cual Desiste del presente procedimiento, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR EL DESISTIMIENTO realizado, en razón de que el mismo no es contrario al derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, el presente desistimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa (90) días. De tal forma se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
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