JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintinueve de abril de dos mil nueve.-
199º y 150º
Recibido por Distribución constante todo de (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser el pedimento formulado por el ciudadano VÍCTOR LEONARDO SÁNCHEZ MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.345.521, asistido por la abogada Gisela Coromoto Sánchez Prieto, titular de la cédula de identidad No. V-9.230.580, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.850; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE, el pedimento formulado por el ciudadano VÍCTOR LEONARDO SÁNCHEZ MONCADA, ya identificado, y revisada como ha sido la documentación presentada, considera que si bien aparece como nombre de la Madre “FRANCISCA MONCADA”, lo correcto es “JULIA FRANCISCA MONCADA”. Y ASÍ SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Civil del Municipio Dr. José María Vargas y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la nota marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 59, de fecha 09 de abril de 1.959, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Dr. José María Vargas del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano VÍCTOR LEONARDO SÁNCHEZ MONCADA. Líbrese oficio junto con copia certificada de la presente decisión y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,

María Alejandra Marquina de Hernández

En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 5782 del libro respectivo y se dejó copia para e archivo bajo el N° 152, se libraron oficios Nros. 423 y 424

Emily.-