REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
San Cristóbal, Estado Táchira, miércoles 01 de Abril de 2009, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y Constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con la parte actora Matilde García de García, titular de la cédula de identidad N° V- 4.209.340 debidamente asistida por la Abogado Gleiber Moncada Díaz, titular de la cédula de identidad N° V-13.468.448 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 124.664; en un inmueble ubicado en la Carrera 12, entre Calle 3 la Concordia y Avenida 19 de Abril, N° 2-49, Parroquia La Concordia, a fin de dar cumplimiento a la presente medida de entrega de inmueble decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de esta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Matilde García de García contra Yira Yaneifer Zambrano de López, Expediente N° 5334, Cumplimiento de Contrato. El Tribunal se hizo acompañar del Cabo II Víctor Angarita, placa 305, Funcionario de Politáchira y de una Comisión de Dos (02) funcionarios adscritos al Grupo B.A.E., Agente Vivas Engelbert, placa 3256 y Agente Velasco Angelo Raúl, placa 3489. Se encuentra presente el ciudadano Richard Augusto Zambrano Calderón, titular de la cédula de identidad N° V- 5.687.586, quien tiene el carácter de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Armería La Fuerza, C.A., la cual funciona en este Inmueble, objeto de la entrega y quien fue notificado de la misión y objeto del Tribunal y quien manifestó al ciudadano Juez que la ciudadana Yira Zambrano, se encuentra quebrantada de salud y no se encuentra quebrantada de salud y no se encuentra en la ciudad, permitiendo el acceso del Tribunal al inmueble. Ahora bien, por cuanto el derecho a la defensa es un derecho inherente a la persona humana garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso y por ser la fase de ejecución una fase del proceso, se le concede al notificado un lapso de 30 minutos para que ubique a un Abogado que defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal primero de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, Sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000 en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna. Siendo las 10:10 de la mañana, se hizo presente el Abogado José Gregorio Blanco Vera, titular de la cédula de identidad N° V- 5.030.859 e Inscrito En El Instituto De Previsión Social Del Abogado Bajo El N° 35310, quien se hace presente a fin de asistir al notificado Richard Zambrano Calderón. Seguidamente el ciudadano Juez, acuerda dar continuidad al acto, cediéndole el derecho de palabra a la parte actora Matilde García de García, debidamente asistida de su Abogado Gleiber Moncada, quien expone: Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez, que proceda llevar a cabo la entrega del inmueble el día de hoy, libre de personas, bienes y animales en caso de que no tenga para donde llevarse sus cosas, se proceda a realizar inventario de los bienes a través de un perito y el consecuente deposito necesario de los mismos. Seguidamente el ciudadano Juez expone: Siendo este Tribunal rector en la ejecución de la medida y a fin de mantener el equilibrio procesal de la parte y de los terceros que intervienen en el proceso en este momento y siendo este Tribunal promotor de los medios alternativos de Resolución de conflicto y de conformidad con el articulo 257 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 258 de la Constitución Nacional, este Tribunal en uso de las facultades Constitucionales insta a las partes a solucionar la presente ejecución en forma amistosa; por lo cual suspende la medida por 15 minutos. Transcurrido el lapso concedido solicita el derecho de palabra el ciudadano Richard Augusto Zambrano Calderón en su carácter de Gerente de la Armería La Fuerza, C.A. y plenamente facultado por los estatutos de la compañía y debidamente asistido por el Abogado José Gregorio Blanco, solicito a la parte actora un lapso de Quince (15) días, continuos para la entrega del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal, libre de personas, bienes y semovientes e igualmente renuncio a cualquier tipo de acción en contra de la parte ejecutante, es todo. Seguidamente la parte actora Matilde García de García debidamente asistida de Abogado Gleiber Moncada y expone: Visto lo expuesto por el notificado y la solicitud de que se le conceda un lapso de quince (15) días para la entrega del inmueble, manifiesto mi aceptación en concederle el plazo para la entrega real y efectiva del inmueble, por lo que solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez suspenda la presente ejecución, manteniendo la comisión en el archivo del Tribunal. En este estado el ciudadano Juez, visto el acuerdo celebrado entre las partes y la solicitud de suspensión, acuerda de conformidad, suspendiendo la presente ejecución de Entrega y acuerda mantener la comisión en el archivo del Tribunal, igualmente se acuerda dejar copia certificada del acta para el copiador de actas llevado por el Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto siendo las 10:45 de la mañana, regresando a la sede natural del Tribunal. Leída la presente acta a todos los presentes sin presentar ninguna objeción, conformes firman. Enmendado “Yaneifer, Un” Valen. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Richard Augusto Zambrano C. Notificado. (Fdo). Matilde García de García. Parte Actora. (Fdo). Abg. Gleiber Moncada Díaz. Abogado Asistente de la parte Actora. (Fdo). Abg. José Gregorio Blanco Vera. Abogado Asistente del Notificado. (Fdo). Cabo II Víctor Angarita. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Funcionarios del Grupo B.A.E. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).