REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

199º y 150º

AUDIENCIA PRELIMINAR

En la audiencia de hoy, martes 05 de Abril de 2009, siendo el día y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar en la causa penal 1C-9607/2008, de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del imputado RIVERA CARLOS LUIS, de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, titular de la cedula de identidad Nº V-5.651.204, Profesión u oficio obrero, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 20/06/1960, residenciado en Madre Juana, calle 3, vereda 1, casa N° G-47, San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0416-279.26.82, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. La Juez solicitó al ciudadano Secretario verificar la presencia de las partes, quien expuso: “Se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Tribunal, el Fiscal (A) Décimo del Ministerio Público Abogado JOMAN ARMANDO SUAREZ, el imputado de autos RIVERA CARLOS LUIS, asistido por el Defensor Público Penal, abogado JUAN CARLOS HERNANDEZ, es todo”.
Seguidamente la Juez conforme a lo previsto en el artículo 329 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARÓ ABIERTA LA AUDIENCIA PRELIMINAR, les hizo saber a las partes de los Medios Alternativos a la Prosecución del Proceso; que no deben hacer planteamientos que sean propios del Juicio Oral y Público. Seguidamente, le cedió el derecho de palabra al Representante del Ministerio Público, quien expuso los fundamentos de hecho y derecho en los que basó su escrito de sobreseimiento. Hizo una identificación del imputado, explanó una relación de los hechos, el fundamento de la solicitud de sobreseimiento del imputado de autos como Autor del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, y aplique a favor del mencionado ciudadano las Medidas de Seguridad de Interés Social de que habla el articulo 71 de la Ley Especial, por lo que se determinado que el imputado efectivamente se trata de un consumidor.
La juez hizo señalamiento de las alternativas a la prosecución del proceso, indicadas en el Código Orgánico Procesal Penal.
Seguidamente el Juez impuso al imputado RIVERA CARLOS LUIS, ya identificado, del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la disposición contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando el imputado no querer acogerse al Precepto Constitucional.
De seguidas se le cede el Derecho de palabras a la defensa, abogado JUAN CARLOS HERNANDEZ, quien alegó: “Ciudadana Juez vista la solicitud Fiscal en la que solicita la imposición de Medida de Seguridad y vista la condición de consumidor de mi defendido la defensa se adhiera a tal petición y en tal sentido solicito se decrete el sobreseimiento de la causa, Es Todo,”.
Celebrada como ha sido la presente AUDIENCIA PRELIMINAR, cumplidas las formalidades de ley, oída la solicitud efectuada por la Representante Fiscal, lo alegado y solicitado por la defensa, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, procede en este acto a dictar la dispositiva y el resuelto por auto separado de conformidad con lo establecido en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal, de la siguiente manera:
PRIMERO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano RIVERA CARLOS LUIS, de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, titular de la cedula de identidad Nº V-5.651.204, Profesión u oficio obrero, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 20/06/1960, residenciado en Madre Juana, calle 3, vereda 1, casa N° G-47, San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0416-279.26.82, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, por ser un hecho atípico.
SEGUNDO: Se le impone al ciudadano RIVERA CARLOS LUIS, de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, titular de la cedula de identidad Nº V-5.651.204, Profesión u oficio obrero, de 49 años de edad, fecha de nacimiento 20/06/1960, residenciado en Madre Juana, calle 3, vereda 1, casa N° G-47, San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0416-279.26.82, LA MEDIDA DE SEGURIDAD, establecida en el Articulo 71 numeral segundo de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, consistente en: Sometimiento a cura o desintoxicación sin internamiento durante UN (01) AÑO, en el CPAO, con el objeto de recibir tratamiento y consignar constancias por ante el Tribunal. Se ordena la Remisión de las actuaciones al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en su oportunidad legal.
Concluyó la audiencia siendo las 10:00 a.m. Se levantó la presente acta, se leyó y conformes firman.



ABG. LUPE FERRER ALCEDO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



ABG. JOMAN ARMANDO SUAREZ
FISCAL (A) DECIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO







RIVERA CARLOS LUIS
SOBRESEÍDO






P.I. P.D.






ABG. JUAN CARLOS HERNANDEZ
DEFENSOR PÚBLICO







ABG. REINALDO JOSE CHACON PACHECO
SECRETARIO






CAUSA PENAL N 1C-9607-08
Audiencia Preliminar
2009/05/05